La regulación autonómica de la tauromaquia en las Islas Baleares se lleva a cabo mediante la Ley 9/2017, de 3 de agosto, de regulación de las corridas de toros y de protección de los animales en las Illes Balears. Sin embargo, el artículo 12 de dicha ley prohíbe el acceso a las plazas de toros a las personas menores de 18 años cuando se celebren espectáculos taurinos. Una prohibición que hoy llega a su fin, con la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la modificación, tras su aprobación en el Parlamento Balear. En el BOE, se señala que «esta ley autonómica establece una medida prohibitiva de acceso a un espectáculo protegido como bien cultural inmaterial, prohibición que pesa sobre un determinado grupo de personas, lo que podría chocar con el régimen de competencias establecido constitucionalmente«. Además, se explica «en cuanto al acceso de los menores a la cultura, el artículo 44 de la Constitución establece que «los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho». Asimismo, el artículo 3.e) de la ya mencionada Ley 10/2015 establece el principio de accesibilidad como uno de los principios generales de actuación en la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial. Dicho principio supone «que haga posible el conocimiento y disfrute de las manifestaciones culturales inmateriales y el enriquecimiento cultural de todos los ciudadanos sin perjuicio de los usos consuetudinarios por los que se rige el acceso a determinados aspectos de dichas manifestaciones»«. Por lo tanto, se concluye que «los menores de dieciocho años no pueden ver restringido su acceso a un espectáculo considerado y protegido como patrimonio cultural que repercute positivamente en su formación y participación de la riqueza cultural de nuestro país«.
El BOE recoge la modificación del artículo 12 de la Ley 9/2017, de 3 de agosto, de regulación de las corridas de toros y de protección de los animales en las Illes Balears, que queda redactado de la siguiente manera:
«Artículo 12. Menores de edad y sensibilización.
Las personas menores de 16 años solo podrán asistir como espectadores a los espectáculos taurinos acompañadas de personas mayores de edad.
Dentro y fuera de la plaza de toros y en un lugar visible, se instalará un cartel que advierta de que el espectáculo puede herir la sensibilidad de los espectadores.
No se considerará infracción la presencia de menores de 18 años en las plazas de toros durante la celebración de espectáculos taurinos siempre que los menores de 16 años vayan acompañados de personas mayores de edad.»
