ARRIBES TAURINAS

El nuevo reglamento de festejos populares de la CAM prohibirá los toros enmaromados y embolados por “maltrato”

Imagen: Alberto Yuste

El Proyecto de Decreto, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el reglamento de espectáculos taurinos populares de la Comunidad de Madrid ya ha sido publicado a fin de que se puedan presentar las alegaciones y aportaciones que se consideren oportunas (durante un plazo de siete días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el Portal de Transparencia). A pesar de que numerosos ayuntamientos, peñas y asociaciones se han pronunciado durante los últimos meses, exigiendo a las autoridades que se elabore un Reglamento renovado y acorde a la actualidad, el texto publicado ya ha sido objeto de numerosas críticas. Especialmente, en lo referido al polémico artículo 3 sobre “Espectáculos Prohibidos”. Citamos textualmente los dos tipos de festejo que prohíbe este Proyecto de Decreto:

“Se prohíben aquellos espectáculos taurinos que impliquen maltrato a las reses y, especialmente, los siguientes:

  • a) Los espectáculos consistentes en embolar a las reses, prendiendo fuego al material o sustancia con que se ha realizado el embolado o en sujetar antorchas a sus astas.
  • b) Los espectáculos consistentes en atar a las reses con maromas, sogas o de cualquier otra manera”.

Es decir, las autoridades que han desarrollado este Proyecto consideran como maltrato animal festejos tan arraigados y respetados en gran parte del territorio nacional como son los toros enmaromados y los toros embolados. De hecho, en algunos territorios de nuestro país estos festejos están incluso reconocidos como festejos de Interés Turístico Regional. Además, este texto no da ningún tipo de posibilidad ni abre ninguna excepción respecto a la celebración de estos festejos. En el artículo 44 sobre “Espectáculos no tradicionales en el ámbito de la Comunidad de Madrid” se abre la posibilidad a autorizar espectáculos taurinos propios de otras zonas de España, a través un procedimiento de consulta previa, pero en este mismo precepto se aclara que “en ningún caso estos espectáculos taurinos podrán consistir en actividades calificadas como espectáculos taurinos prohibidos por este decreto”. Por lo tanto, no sería posible de ninguna manera celebrar festejos con toros enmaromados o toros embolados en la Comunidad de Madrid. 

Continúan las reuniones para la modificación del Reglamento de Festejos Populares en Madrid

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